Sobre la escritura de la compraventa y la firma de la hipoteca
Con bastante probabilidad la compra o la venta de una vivienda a lo largo de nuestra vida sea uno de los negocios jurídicos más importantes que llevemos a cabo. De hecho, la escritura de la compraventa o la firma de la hipoteca pueden llegar a ser tan importante que puede llegar a condicionar nuestra salud emocional y mental.
Es por ello que el asesoramiento preventivo en materia de compraventa de vivienda es clave para que este tipo de negocios jurídicos no nos lleguen a quitar el sueño.
Pese a la relevancia del tema, aún existen importantes lagunas conceptuales en compradores y vendedores.
Qué debes saber si vas a comprar o vender tu vivienda
- 1º) Para que la compraventa de una vivienda despliegue todos los efectos jurídicos ante terceros tiene que llevarse a cabo ante notario, es decir, mediante escritura de la compraventa pública de vivienda.
¿Podría comprar una vivienda mediante documento privado de compraventa?
Sí, pero dicha compraventa de vivienda no sería inscribible en el registro de la propiedad, lo cual significa que la vivienda a efectos registrales seguiría perteneciendo a otra persona diferente a usted. Hay que señalar que para que dicha compraventa desplegara todos los efectos jurídicos tendría que formalizar ante notario la escritura pública de compraventa de vivienda.
- 2º) La vivienda que se vaya a comprar o vender mediante escritura de la compraventa (pública) puede tener una o varias cargas hipotecarias o de cualquier otra naturaleza. Del mismo modo, la hipoteca es uno de los productos financieros más utilizados para la adquisición de una vivienda.
¿Qué es una hipoteca o un préstamo hipotecario?
Se trata de un producto financiero mediante el cual una entidad bancaria o financiera presta a otra persona (compradora normalmente) una cantidad de dinero con la finalidad de adquirir una vivienda (bien inmueble habitualmente). La particularidad que tiene este tipo de operaciones financieras es que el comprador o deudor del préstamo hipotecario garantiza la operación de préstamo con la vivienda que está adquiriendo, de esta forma en caso de que se incumpla con la obligación de devolución del préstamo, la entidad bancaria puede solicitar la subasta de la vivienda con la finalidad de cobrar la totalidad o parte del préstamo hipotecario impagado.
¿Entonces necesitaré solicitar una hipoteca para adquirir una vivienda?
No, los compradores pueden pagar el precio de la vivienda sin necesidad de comprometerse con un préstamo hipotecario, eso sí, el comprador debe tener disponible el precio de la vivienda. Por experiencia, en la gran mayoría de ocasiones los compradores necesitan conseguir un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda. Lo que no es una buena idea, es comprar una vivienda a través de un préstamo personal, dicho producto financiero no es el apropiado para este tipo de compras y la casa de tus sueños puede llegar a convertirse es tu peor pesadilla.
¿Puedo comprar una vivienda hipotecada?
Sí, pero debes tener en cuenta que es lo más conveniente para tus intereses ya que podrías cancelar y solicitar una nueva hipoteca o asumir dicha hipoteca si las condiciones económicas te convencen.
- 3º) La hipoteca es diferente al negocio jurídico de la compraventa de la vivienda. Es decir, el día que vayas a notaría firmarás principalmente DOS escrituras públicas (la compraventa de la vivienda y la hipoteca). Por tanto, la hipoteca también es un negocio jurídico que tendrá que formalizarse mediante escritura pública de hipoteca ante notario.
¿Cuánto se tarda en firmar una hipoteca?
- 4º) No existe un plazo determinado en nuestra legislación para llevar a cabo la firma o constitución de un préstamo hipotecario o hipoteca. Normalmente a los compradores les cuesta una media de dos o tres meses para hacer una comparativa de hipoteca con diferentes entidades bancarias. No obstante, dicho plazo puede variar en función de la calidad de las condiciones económicas nos ofrezcan las diferentes entidades bancarias.
¿Una entidad bancaria podría prestarme el 100% del precio de la vivienda?
- 5º) Los tiempos en los que los bancos prestaban el 100% (o incluso más) terminaron, aunque actualmente existen entidades que poco a poco se acercan a dicho porcentaje. En todo caso, debes ser previsor porque el importe del porcentaje del precio que quede pendiente por cubrir deberás abonarlo sin financiación hipotecaria y además los gastos de impuestos, notaría y registro. Importe que en ocasiones es una sorpresa para los compradores.
¿Quién puede gestionar la escritura de la compraventa de una vivienda?
- 6º) Es decir, ¿quién liquida los impuestos y lleva a cabo el resto de las gestiones ante los diferentes organismos?
Lo ideal es que sea tu gestoría de confianza quien lleve a cabo la coordinación de la firma en notaría, liquide los diferentes impuestos e inscriba en el registro la escritura de la compraventa.
En Sevitia somos especialistas en compraventa de todo tipo de bienes inmuebles; como expertos en derecho inmobiliario creemos que un asesoramiento preventivo es la clave para que este tipo de operaciones importantes lleguen a buen fin.