Delitos frecuentes a través de WhatsApp y Redes Sociales
WhatsApp y Redes Sociales
Si bien Internet ha traído grandes avances, especialmente a nivel de comunicación (whatsapp, redes sociales, etc) y acceso a la información, también el hecho de que podamos «ocultarnos» y escudarnos tras una pantalla provoca comportamientos indeseables que ya está tipificados en el código penal. Os contamos un poco más.
Inclusión de diferentes personas en un grupo de WhatsApp
Puede suponer infracción en protección de datos. Es aconsejable que, para no cometer infracción, realicemos: contar con el consentimiento de todos los integrantes del grupo, deber de diligencia de los datos y salvaguardar los intereses de todas las personas del grupo (de whatsapp).
Ante la cantidad de problemas generado por la creación de un grupo de WhatsApp, la propia plataforma ha introducido la posibilidad de evitar que nos agreguen a un grupo sin consentimiento. Habiendo las siguientes opciones de configuración:
- Te agregan automáticamente a un grupo sin excepciones.
- Sólo tus contactos te pueden agregar a un grupo de whatsapp.
- Dentro de tus contactos sólo algunos te pueden agregar. Así tendrán que enviarte una invitación privada.
Sexting = difusión de imágenes íntimas con/sin consentimiento
Regulado en el artículo 197.7 del Código Penal.
“7. Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.”
Compartir capturas de pantalla
Podemos diferenciar entre dos supuestos:
- Estamos como parte en la conversación difundida. No estamos cometiendo ilícito penal.
- No intervenimos en la conversación difundida. Delito de descubrimiento y relevación de secreto establecido en el artículo 197.1 del Código Penal.
“1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.”
Ahora bien, en el primer supuesto, con independencia de ser parte o interviniente en la conversación difundida, puede ser constitutiva de infracción normativa de protección de datos si no se cuenta con el consentimiento de la otra parte interviniente.
Amenazar, injuriar o calumniar mediante dispositivos móviles
Amenazas
Artículo 169 del Código Penal.
“El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:
- Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.
Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.
- Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.”
Injurias
“La acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación”. Artículo 208 del Código Penal.
Calumnias
«La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad» Art.205 Código Penal. En cuanto a la pena tipificada, en el caso del delito de calumnias, la normativa recoge que serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses. La pena para el delito de injurias graves hechas con publicidad será de multa de seis a 14 meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses.
Grooming
Es una forma delictiva de acoso que implica que un adulto contacta con un/a niño/a con el fin de ganarse poco a poco su confianza para proponer actividad sexual. Delito regulado en el artículo 183 ter del Código Penal.
“1. El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.
2. El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.”
Stalking
Delito de acoso u hostigamiento. Aparece recogido en el artículo 172. ter del Código Penal. Todo comportamiento que conlleve búsqueda, vigilancia y persecución. Ejemplos de este tipo de delitos, acoso por el móvil, o comentarios inapropiados por Redes Sociales.
Si estás afectado por alguno de los delitos mencionados en esta entrada de blog no dude en contactar con nuestro equipo. Le atenderemos con sincera atención y volcando todo nuestro compromiso y experiencia en su caso.