Baja de autónomo en verano o vacaciones
Cuando iniciamos una actividad profesional como autónomo, entre el mar de dudas que nos encontramos, una de las más habituales es cuándo darnos de alta tanto en hacienda como en la Seguridad Social; o si es buena idea la baja de autónomo en verano o vacaciones. Repasemos todas las cuestiones.
Hay que tener en cuenta diversos factores a la hora de iniciar la actividad, sobre todo si nuestro negocio es estacional o tiene picos muy altos o muy bajos de funcionamiento. Desde Sevitia os recomendamos que se lleve a cabo el alta de la actividad en cualquier momento, sobre todo en el paso previo al inicio de actividad en aquellos sectores o negocios que requieren realizar una inversión para su comienzo (hostelería, comercio…), con el objetivo de poder deducir dicha inversión como gasto, como hemos comentado en otros artículos previos que podéis encontrar en nuestro blog.
Una vez que ya estamos de alta, otra cuestión muy habitual es conocer si en ciertas actividades compensa la baja de autónomo en verano, sobre todo actividades puramente estacionales, como por ejemplo en educación o formación no reglada (escuela de idiomas).
¿Merece la pena darme de baja de autónomo en verano?
El principal beneficio de darte de baja de autónomo en verano es que no tendrás que pagar durante unos meses el seguro de autónomo. En el mejor de los casos, si pagas la cuota habitual, en dos meses ahorrarás 572,30€ aproximadamente.
La cifra es claramente interesante si no prevés tener mayores ingresos durante unos meses.
Ten en cuenta que esto se cumplirá siempre que cotices por la base mínima, que ya incluye las contingencias comunes, las profesionales y el cese de actividad.
Hay que precisar que, solo compensa en aquellos casos que preveamos que nuestra facturación va a ser de 0€, porque durante los períodos de baja no se podrá emitir factura alguna.
Inconvenientes de darme de baja como autónomo en vacaciones
Por otro lado, tenemos los inconvenientes:
- Exceso de trámites burocráticos.
- Pérdida de bonificaciones, al producirse tu baja como trabajador autónomo y posteriormente un nuevo alta, perderás cualquier bonificación en la cuota de autónomos de la que pudieras estar beneficiándote.
- Imposibilidad de deducir gastos durante los períodos de baja.
- Igualmente perderás coberturas sociales durante los períodos de baja en la actividad, es decir, que si tienes una baja médica no tendrás cobertura económica durante dicho período de baja al no estar cotizando como trabajador autónomo.
- Puedes perder el derecho a recibir subvenciones que hayas solicitado o estés en trámite de solicitar, debido a que en todas las bases de convocatorias de subvenciones requieren el mantenimiento de la actividad como autónomo para su acceso.
- Por último, si has solicitado la capitalización del desempleo para la constitución del negocio, vas a incumplir el requisito de mantenimiento de la actividad que puede conllevar la devolución de la capitalización del desempleo así como una posible sanción por dicho comportamiento, impidiendo la posibilidad de solicitarlo de nuevo en el futuro. Más información de este punto en este enlace, haciendo clic en la pestaña «Obligaciones».
Si no estás familiarizado con el proceso de altas y bajas del régimen de autónomno, lo mejor es que acudas a un buen asesor que lo haga por ti. Tendrás la tranquilidad de que los procedimientos se han realizado de la forma correcta y además te evitarás todo el papeleo que estos trámites suponen.
En conclusión, desde Sevitia aconsejamos el mantenimiento de la actividad profesional durante el verano, ya que en la mayoría de casos la pérdida puede ser peor que el ahorro de las cuotas de dichos meses, abogando de esta manera por hacer acopio de ingresos en la medida de lo posible para hacer frente a la paralización de la actividad.